ORDEN DEL DIA
1- APROBACION, SI PROCEDE, ACTA ANTERIOR.
2- DACION DE CUENTA.
3- RELACION DE FACTURAS.
4- APROBACION PROVISIONAL MODIFICACION ORDENANZA FISCAL Nº7 REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACION DE SERVICIOS Y REALIZACION DE ACTIVIDADES.
5- DECLARACION INSTITUCIONAL CON MOTIVO DE 25 DE NOVIEMBRE, DIA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.
6- DIA DEL EUSKERA.
7- DIA INTERNACIONAL DE LA INFANCIA Y DE LOS DERECHOS HUMANOS.
8- PROPOSICIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACION.
9-RUEGOS Y PREGUNTAS.
2017/12/04
2017/11/23
2017/11/07
EL PNV DESISTE DE PAGAR CON DINERO DEL AYUNTAMIENTO LOS IMPUESTOS DEL TENIENTE DE ALCALDE
Este martes, día 7, se pone fin a la reclamación patrimonial
solicitada por parte del Teniente de Alcalde en relación a su Declaración de la
Renta. El Alcalde firmará hoy un
Decreto por el cual se anula el contenido del Decreto nº 36/2017 del 22 de mayo
en el que se le reconocía al Teniente de Alcalde el cobro de una indemnización por importe de 8.705,34
euros. En otras palabras: el Ayuntamiento no se va a hacer cargo de los
impuestos del Teniente de Alcalde.
Como sabéis, desde EHbildu Barrika no sólo hemos estado
encima de este caso denunciándolo tanto en Comisiones Informativas como en las
Sesiones Plenarias (ver aquí la crónica de un Pleno por ejemplo) sino que, además,
hemos tomado una serie de medidas que, finalmente, han logrado el objetivo
perseguido. La última de ellas, y por la que parece que el PNV ha dado marcha
atrás en sus pretensiones, la registramos el 18 de julio de 2017 en el
Ayuntamiento cuando solicitamos un informe a Secretaría para que valorase esta
cuestión pues, por mucho que pueda sorprender, el Alcalde nunca había reclamado
formalmente, al menos, su posición al respecto. Efectivamente, las sucesivas
decisiones que ha ido tomando el Alcalde, todas ellas, se han apoyado en
informes delegados en los servicios jurídicos que el Ayuntamiento tiene
subcontratados. Dicho de otro modo, a pesar de que desde EHbildu Barrika
cuestionábamos con argumentos jurídicos lo poco consistente de sus informes, el
Alcalde nunca consideró oportuno consultar al Secretario Interventor sobre esta
cuestión y, si lo hizo, desde luego, no lo comunicó. En resumen, nunca le
interesó una segunda opinión.
Precisamente, la discrepancia de EHbildu Barrika con la
versión que sostenían tanto el interesado como los servicios jurídicos fue los
que nos empujó a registrar, primero, un recurso de reposición sobre su informe
inicial y, segundo, a solicitar a Secretaría que, de acuerdo con sus funciones,
se pronunciase también sobre este particular. Los informes de la asesoría
jurídica tenían evidentes visos de ser elaborados ad hoc para apoyar los intereses del demandante, en lugar de
defender los intereses del Ayuntamiento como cabría esperar. Eran informes elaborados para que el Alcalde no prevaricase al tomar una decisión de este tipo, nada más, es decir, para justificar su comportamiento, en lugar de informes que valorasen el fondo de la cuestión y más teniendo en cuenta que con esta medida se estaba creando un precedente para posibles futuras demandas.
Finalmente, el 27 de octubre el Secretario Interventor del
Ayuntamiento emitió el informe solicitado por EHbildu Barrika y en él se
concluía claramente que “no concurren los presupuestos legales y jurisprudenciales exigidos para
determinar la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Barrika”. Es decir, en términos generales, este
informe venía a reconocer la posición, al menos en lo esencial, de EHbildu Barrika,
contradiciendo así, la versión defendida por los servicios jurídicos sobre la
que se apoyaba el PNV. De esta manera el Alcalde se encontraba, de un día para
otro, con dos informes encima de la mesa: uno, elaborado por los servicios
jurídicos subcontratados que le daban la razón al Teniente de Alcalde y, otro,
elaborado por Secretaría que se la denegaba. Además, el Alcalde ha sido
consciente en todo momento que de abonarse la indemnización llevaríamos este
tema más allá del propio Ayuntamiento; por ser más explícitos: al
Contencioso-Administrativo.
Así, aprobado en el día de hoy el susodicho Decreto, dejamos atrás
este largo sinsentido que se inició a finales de 2016. El despropósito de tal
reclamación, además, ha venido acompañada por una instrucción no menos
bochornosa donde el instructor, también cómo no, concejal del PNV, tomaba la
decisión favorable al pago de la indemnización en base a un expediente en el
que faltaba documentación y que, al parecer, nadie se había dado cuenta hasta
que lo denunció EHbildu Barrika. En esta entrada del blog que podéis abrir
pinchando aquí explicamos el
desarrollo de la instrucción. Otra cuestión en torno a este asunto que también
hemos denunciado ha sido que, a diferencia de otros empleados y empleadas que
han pleiteado contra el Ayuntamiento, el
Teniente de Alcalde ha contado siempre con los servicios jurídicos pagados con
dinero público a su disposición.
Esta solución por tanto, debe ser motivo para felicitarse no
sólo por la importancia de esos más de 8.700 euros que se ahorrará el
Ayuntamiento, sino y, sobre todo, porque así no se estará creando un peligroso
precedente al que pudieran acogerse futuros demandantes. He aquí, la
importancia que dábamos a este asunto y la razón por la cual estábamos
dispuestos,-de hecho teníamos todo preparado-, para acudir a instancias
superiores.
Finalmente, conviene dejar claro que en ningún momento rechazamos
que no se indemnicen aquellos perjuicios que se deriven de la gestión pública,
faltaría más. Pero en este caso se pretendía otra cosa bien distinta: revestir
como perjuicio económico sujeto a indemnización el pago de una declaración de
la renta personal conjunta de un concejal, por una decisión, además, que tomó
el propio “perjudicado”.¡Y por ahí, no pasamos!
2017/11/02
2017/10/22
PLENO MUNICIPAL DE OCTUBRE
De entrada se procedió a sustituir el puesto de concejal que la dimisión de Asier Garcia por razones profesionales dejaba vacante, la nueva concejala de EHBildu es Miren Tubet Cordo, abogada en ejercicio.
Nada mas iniciarse el Pleno, con el tramite de aprobacion o desestimacion del acta del Pleno anterior, el concejal de IBarrika, tras sus acusaciones extemporaneas y fuera de contexto, sin mediar ningún tipo de explicacion, se levanto de su puesto y abandono el pleno. Se fue y no volvió, dejando huerfano al PNV, pues como se sabe es su socio de Gobierno para garantizar la mayoría.
En el capitulo de dacion de cuentas, la portavoz de EHBildu exigió al Alcalde explicaciones que no supieron contestar; son dignas a destacar las siguientes:
2017/10/08
ESTE MARTES, 10 OCTUBRE, SESIÓN PLENARIA
HORA: 20:00.
ORDEN DEL DÍA:
1.-TOMA DE POSESIÓN CONCEJALA.
2.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA ANTERIOR.
3.-DACIÓN CUENTA.
4.-RELACIÓN FACTURAS.
5.-RATIFICACIÓN DECRETO DE INTERPOSICIÓN DE RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO CONTRA DESESTIMACIÓN PRESUNTA, POR SILENCIO ADMINISTRATIVO, DE REQUERIMIENTO CONTRA ORDEN FORAL 207/2017, DE 15 DE FEBRERO , DEL DIPUTADO FORAL DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y COHESIÓN DEL TERRITORIO DE LA DFB (INDEMNIZACIÓN E INTERESES DE BARRIKABASO).
6.-INCREMENTO RETRIBUTIVO PERSONAL 1% PARA EL EJERCICIO 2017.
7.-DECLARACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE BARRIKA SOBRE EL PUEBLO DE CATALUNYA.
8.- PROPOSICIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.
9.-RUEGOS Y PREGUNTAS.
2017/09/21
2017/09/16
EL PELIGRO DE LA CARRETERA BI-2122 A SU PASO POR BARRIKA
VERSIÓN EN CASTELLANO DEL ARTÍCULO PUBLICADO EN EL ÚLTIMO NÚMERO DE NUESTRA REVISTA. Puedes bajarla pincahando en este ENLACE.Si no te llega a casa puedes enviarnos un email a barrika@ehbildu.eus.
En
lo que va de año, sólo en 2017, hemos tenido siete accidentes, uno por mes para
las estadísticas. Esta carretera que atraviesa BARRIKA es parte de la red
provincial, que al ser comarcal depende de la Diputación. Para todos es
evidente que representa un serio peligro para la vecindad.
La
actuación de la Administración, Obras Públicas de la Diputación, se limita a
colocar, de vez en cuando, radares móviles e imponer multas. Pero el peligro no se acaba con la
recaudación de las multas.
Hace
15 años, con la movilización de la vecindad de BARRIKA se consiguió la pasarela
sobre la ría que une San Telmo con la estación del metro. Igualmente, hace
siete años, con la presión de los vecinos se consiguió la colocación de los
semáforos en Cantarranas-San Telmo, JONAKONE-LEPOLA, IPARRALDE y GOIHERRI-LETXERIÑE.
El peligro continúa. Sobre todo en varios puntos negros, por ejemplo, en la
rotonda de ELORDUI, frente a URTIENA bajando hacia LARRETXE, a la altura de LEPOLA
y en LUKASENE.
Hace
ahora un año se entregaron más de 130 firmas de los vecinos más directamente
afectados por residir pegando a esta carretera; firmas que se entregaron en el
Ayuntamiento y en la Diputación y, al día de hoy, no han obtenido ninguna
respuesta con las soluciones oportunas, por lo que al parecer se considera que
se está esperando a que ocurra algo muy grave y que nadie desea.
El
problema sigue estando en que la carretera está donde está; y al ser travesía
que va hacia PLENTZIA y GORLIZ nadie tiene en cuenta la reducción de velocidad
y menos la propia Diputación. Porque, aún cuando la limitación desde ANDER
DEUNA hasta la rotonda de LEGARRONDO es, en general de 50 km/hora, a la salida
de la rotonda de IPARRALDE hasta GOIHERRI, han elevado hasta los 80 km/hora
para que alguien amigo de la Administración pueda colocar con provecho la
bionda de que es proveedor. Sin tener en cuenta que a escasos metros de la
salida de la rotonda está la parada del autobús, dos viviendas al mismo borde
de la carretera y al final de la curva anterior a GOIHERRI comienza,
seguidamente, el tramo de 50 km/hora.
La
demanda de los vecinos que presentaron sus firmas en la Diputación no ha
entendido ni escuchado el peligro latente que reclama soluciones a la travesía
de la BI-2122 por BARRIKA. Mientras la Administración cierra los ojos, o mira
al infinito, existen soluciones disuasorias pensando en las personas: reducir
la velocidad a 40 km/hora en toda la travesía, mediante isletas separadas cada
250 m sería la más eficaz, para que los vehículos de conductores con prisa
tomen la vía alternativa de SOPELA y URDULIZ.
2017/09/11
LA LÍNEA CALIENTE DEL ECUADOR MUNICIPAL
VERSIÓN EN CASTELLANO DEL ARTÍCULO PUBLICADO EN EL ÚLTIMO NÚMERO DE NUESTRA REVISTA. Puedes bajarla pincahando en este ENLACE.Si no te llega a casa puedes enviarnos un email a barrika@ehbildu.eus
Cuando hemos pasado el Ecuador del
mandato municipal que establecieron las elecciones de J-2015 es el momento de
repasar y reflexionar sobre el trabajo institucional y político que se ha
sembrado en BARRIKA.
Nuestro compromiso como EHBILDU es con BARRIKA. En el presente
tenemos un Ayuntamiento con grandes carencias donde la gestión del gobierno
municipal le corresponde a EAJ-PNV que alcanzó la Alcaldía con cuatro
concejales. Para mantener la mayoría absoluta en el Pleno introdujo en la
Comisión de Gobierno del Ayuntamiento a los independientes de IBarrika,.
2017/08/22
CRÍA CABALLAR UN CÚMULO DE IRREGULARIDADES.
Debido a la expectación creada en torno al caso de la cría caballar en Aranbaltza hemos decidido explicar con mayor detalle los entresijos de esta obra que por razones desconocidas ha gozado de la permisividad de un Ayuntamiento que sólo ha reaccionado para hacer su labor cuando se le ha instado desde fuera del equipo de gobierno. Como sabéis, en el pleno anterior denunciamos
que en el Ayuntamiento nadie sabía que se estaba realizando una enorme
escollera y plataforma a pesar del trajín de camiones con tierra que pasaban por el centro
del municipio. El 14 de junio, alertado por vecinos que llevaban días viendo la
ida y venida de camiones, el portavoz de EHbildu llamó a primera hora al Ayuntamiento para
saber a qué se debía tanto tráfico y la única respuesta que recibió es que no
sabían nada y que recientemente no se habían otorgado licencias para
realizar obras por esa zona.
2017/08/08
CIRCO DE VERANO, EL ÚLTIMO PLENO
El pasado miércoles, día 2 de agosto, se celebró la sesión
plenaria que correspondía al mes de julio. En ella, se trataron algunos temas
relevantes que destacaremos en la siguiente crónica.
En el apartado de Dación
de Cuentas EHbildu Barrika interpeló al Acalde por dos decretos y un
acuerdo de la junta de gobierno. El primero de ellos, el decreto 42, se refiere
a la contratación de jardinero. Esta contratación busca, sobre todo, reforzar
la brigada en los meses de verano para ayudar a cubrir las vacaciones de los
empleados municipales y en el incremento de la frecuencia para cortar la
hierba. En comisión informativa solicitamos la puntuación de los candidatos/as
y comprobamos que se había producido un empate entre un candidato y una
candidata, de diez currículos que había enviado Lanbide. Cuando preguntamos
sobre cómo se había producido el desempate, en la que optaron por el candidato,
nos respondieron que mediante una entrevista personal en la cual únicamente se
les preguntaba sobre su conocimiento de Barrika. A parte de lo cuestionable del
criterio elegido para desempatar, criticamos que el Alcalde no levantase acta
de ninguna de las entrevistas, por lo que no existe constancia en el
Ayuntamiento ni tan siquiera de que se haya podido celebrar dichas entrevistas.
Esta falta de profesionalidad no sólo deja vía libre a la arbitrariedad –pues
el Alcalde puede elegir a quién le dé la gana- sino que además impide que la
candidata pueda recurrir la decisión pues no tiene a qué atenerse. Tenemos que
tener en cuenta además, que todos estos puestos de trabajo que oferta el
Ayuntamiento en Barrika, por sus características, son siempre adjudicados a
hombres y hay que remontarse muchos años atrás para ver una mujer contratada
por el Ayuntamiento en algún puesto de trabajo temporal de este tipo. Eso sí,
cada 8 de marzo aprobamos declaraciones sobre la igualdad que quedan muy
bonitas en la foto del día siguiente.
2017/08/01
UDALBATZARRA-SESIÓN PLENARIA
Bihar, hilak 2, Udalbatzarra izango dugu 20:00etatik aurrera.
Zerrenda gaia hurrengoa delarik:
1. AURREKO
BATZAR-AGIRIAK.
2. BARRI EMOTEA.
3. FAKTURAK
4. EH BILDUK BARRIKABASOKO KALTE-
ORDAINAK
ORDAINTZEKO PLANA
ONESTEKO
ERABAKIAREN KONTRA
JARRITAKO
BERRAZTERTZEKO
ERREKURTSOA.
5. KONTU
OROKORRA.
6. EHBILDUK
AURKEZTUTAKO MOZIOA
TOKIKO
GOBERNU BATZARRA
EZABATZEKO.
7.
UDALBATZAKO KIDEEN
PROPOSAMENAK
8.
ITAUN-ESKAERAK
2017/07/12
EL AYUNTAMIENTO NO DEBE PAGAR LOS IMPUESTOS PERSONALES DE NADIE. POR MUY TENIENTE ALCALDE O DEL PNV QUE UNO SEA.
A finales de la semana pasada
presentamos el anunciado recurso de reposición contra la decisión del Alcalde –a
través del decreto 36/2017- de aceptar la reclamación patrimonial del Teniente de
Alcalde por la que solicitaba que el Ayuntamiento le indemnizase con 8.705,34
euros. Como sabréis esta indemnización responde al pago que la Hacienda Foral
ha obligado a realizar a dicho miembro del PNV por la declaración de la renta de
2015. Concretamente la versión del
demandante sostiene que el cobro de 4.725 euros en concepto de dietas por su
actividad municipal ha generado que la Hacienda le reclame los 8.705 euros y,
por ello, solicita que sea el Ayuntamiento quién se los abone en modo de indemnización para resarcir el perjuicio económico sufrido. El
Alcalde, apoyándose en un informe jurídico más que cuestionable -pinchar aquí para ver la crítica que realizamos
del mismo en el pasado Pleno- ha reconocido la reclamación del Teniente Alcalde
aunque ha afirmado que no abonará el importe aceptado hasta que se resuelva
definitivamente si procede semejante pago. Para este proceso se nombró instructor
al segundo Teniente Alcalde que al igual que el resto también es miembro del PNV. A
continuación explicamos nuestra posición sobre un pago que consideramos, a
todas luces, completamente fuera de lugar y sobre el que hemos puesto un recurso de reposición:
Versiones contradictorias y falta de documentación.
Desde el principio las informaciones han
sido contradictorias y poco claras desde el PNV en general y desde el
demandante en particular. La versión inicial era que en la renta del 2014 no
había tenido que abonar pago alguno y en el 2015 cuando fue elegido como
concejal a raíz de las dietas tuvo que abonar los más de 8.700 euros.
Evidentemente, lo primero que salta a la vista es que es imposible que 4.725
euros en dietas generen impuestos por valor de casi el doble por lo que al
final supimos que la base imponible era de más de 52.000 euros, de los cuales
sólo 4.725 euros procedían de las arcas municipales. El informe jurídico elaborado
por los servicios jurídicos del Ayuntamiento sostiene esta hipótesis cuando
afirma que “al haber estado exento con anterioridad a la elección como concejal
del Ayuntamiento de Barrika, el reclamante pasó a tener que abonar a la Hacienda foral
la cantidad señalada”.
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