La solicitud de licencias en el núcleo
de Arriaga ha levantado una importante polémica en el Ayuntamiento. Por un lado,
se encuentra el fuerte rechazo de Ibarrika por resolver positivamente la solicitud
y ha llegado, incluso, a amenazar al Alcalde con denunciarlo por
prevaricación (ver aquí). En frente se encuentra la posición del PNV y también la nuestra
basada en informes técnicos municipales (descargar aquí) por los cuales entendemos que a los
solicitantes les asiste el derecho a construir mientras las actuales Normas
Subsidiarias estén en vigor. El tema es muy complejo y técnico pero vamos a
tratar de exponer nuestra posición de una manera lo más clara posible. Para
ello, antes es necesario recordar algunos puntos fundamentales:
1.El plan que rige en la actualidad los
desarrollos urbanísticos de Barrika son las Normas Subsidiarias (NNSS) que
datan del año 1991 y cualquier decisión que se tome en torno a las licencias
urbanísticas debe ajustarse a dicha normativa. Estas normas, no serán superadas
hasta que no se apruebe el PGOU que está en desarrollo.
2.Según las NNSS en el núcleo rural de
Arriaga existían 16 viviendas en 1991 por lo que se permitía construir otras 16
antes de que el núcleo quedara colmatado con un total de 32 viviendas que es el
máximo que puede soportar.
3.En la legislatura anterior se
contabilizaron por error 30 viviendas y tuvo que ser uno de los interesados
quién aclarara al Ayuntamiento que en realidad había 29 viviendas edificadas y
no 30 como afirmaba el consistorio.
4.El núcleo rural es una figura tramposa
y que se ha prestado a innumerables chapuzas puesto que a pesar de encontrarse
en suelo no urbanizable se permitía construir con menores requisitos que otros
suelos no urbanizables. Por ejemplo, a través de esta figura no es preciso
justificar actividad rural alguna y en vez de 10.000 metros de terreno mínimo exigible
es suficiente con una parcela de 2.500 metros cuadrados. Otro de su atractivo
para el promotor es que esta vía está libre de cesiones al Ayuntamiento y de pagos por urbanización.
5.En 1998 se sancionó una Ley que trató
de poner algo de orden en este desaguisado limitando el número de viviendas a
30 además de exigir una serie de condiciones.
6.Por último, el año 2006 aparece la Ley
del Suelo Vasca y posteriormente en 2008 un desarrollo de la misma que modifica
la figura del núcleo rural clarificándola y ofrece una salida a los casos que aún
quedan por colmatar, zanjando definitivamente el despropósito generado décadas
atrás.
La solicitud por parte de dos vecinos de
las tres licencias que quedarían por resolver antes de colmatar el núcleo según
las NNSS vigentes es lo que ha originado la polémica que Ibarrika dice informar
en uno de sus escritos repartido entre algunos vecinos y vecinas. Por tanto la
pregunta que debe responder el Ayuntamiento en este caso, es si procede
responder favorablemente a dichos solicitantes sin hacer prejuicios y sin hacer
concesiones arbitrarias.
Ante esta pregunta nosotros respondemos
lo siguiente:
1.Existe un informe del Arquitecto
Asesor Municipal que es tajante en este sentido puesto que afirma que
cumpliendo estrictamente la legalidad vigente se debe concederles la licencia.
Si bien es cierto, que también dice que podría no concedérsele y que fuera el
promotor quién recurriera la decisión. Es decir, cualquiera de las dos
posibilidades es posible y podría apoyarse legalmente pero en el segundo caso,
estaríamos incumpliendo nuestro trabajo trasladando la solución a un juzgado.
2.El núcleo de Arriaga además, no reúne
las condiciones necesarias para ser núcleo rural y es por ello que la Ley ha
tenido que desarrollar una disposición transitoria que daría solución a casos
como el de Arriaga. Estos casos, pasan a ser consideramos como adscritos
a suelo urbano, lo cual no implica que se clasifiquen como urbano puesto
que en el planeamiento se mantiene como suelo no urbanizable, pero en ejecución
sí estarían sujetas a las NNSS en vigor y, por tanto, tendrían derecho a
construir con las condiciones de núcleo rural. Además al no ser núcleo rural,
el límite de viviendas no es de 30 como indica la ley de 1998 sino 32 por que
se aplicarían las NNSS.
En el caso de que se quiera construir la
disposición transitoria obliga a cumplir los siguientes tres requisitos:
a)
Aprobar inicialmente por Resolución de Alcaldía el Estudio de Detalle, que
contempla las determinaciones establecidas en las NNSS de Planeamiento Municipal
de conformidad con el Art. 98.1 de la Ley 2/2006 de 30 de junio de Suelo y
Urbanismo.
b)
Someter a información pública por el plazo de 20 días, a contar desde el 24 de
mayo de 2014 en este caso, estando el expediente a disposición a cualquiera que
quiera examinarlo y hacer en su caso las alegaciones si las hubiere.
c)
El Pleno Municipal deberá aprobar el Estudio de Detalle lo que habilitará al
Alcalde/sa a conceder la licencia.
Por todo lo anterior, consideramos que
el Ayuntamiento está facultado legalmente para otorgar las respectivas
licencias y por supuesto no se estaría prevaricando en modo alguno. Además, no se justifica que este asunto no se haya
resuelto cuando lleva desde enero de 2013 dando vueltas en el Ayuntamiento. Es
cierto que es un tema complejo, sobre todo por la chapucera legislación
urbanística que padecemos, pero los servicios técnicos ya remitieron un informe
en enero de 2014 por el cual se determina que es completamente legal resolver
positivamente (también negativamente) las mencionadas licencias. La decisión
corresponde pues a los propios concejales y concejalas del Ayuntamiento y no por demorararla más se va a resolver. sola. Salvo, claro está, que se
busque aprobar el PGOU antes de resolver este asunto en cuyo caso quedarían
suspendidas todas las solicitudes, incluidas estas tres.
Una media verdad es a veces peor que una mentira, iBarrika a ver si os informais bien antes de buzonear, que no vale todo en la campaña que parece habeis iniciado ya.
ResponderEliminarLos asuntos urbanísticos de este municipio ya me están pareciendo un tanto escandalosos. En este pueblo hay gente que no le ha quedado más remedio que respetar las normas de costas, gobierno vasco etc. Gente que tiene terrenos en los que no pueden hacer nada y tampoco se les ofrece la posibilidad de permuta por otros urbanizables ni nada. Gente que tiene que comprender que todo es por el bien común, y resulta que vienen los listos de siempre(como en Barrika baso), hacen lo que les da la gana y aquí no pasa nada. Me río yo de los escándalos de la Pantoja y demás. Al final algunos que se las saben todas sacan algo en claro y el resto a mirar.
ResponderEliminar